GlassTrack®

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el grabado de cristales y el sistema GlassTrack®.

Respuestas directas sobre cómo funciona el sistema, las modalidades de trabajo para empresas y lo que exige la normativa argentina.

01

Sobre el sistema

¿Cómo funciona GlassTrack®?+

Una terminal lee la cédula del vehículo o la orden de servicio e imprime el juego de stickers de los cristales en 2 a 3 segundos. El operario los aplica y graba con químico profesional.

¿Cuántos vehículos por día se pueden grabar?+

Hasta unos 80 vehículos por día por operario, considerando sólo el grabado de cristales.

¿Mi equipo necesita experiencia previa?+

No. El proceso tiene pocos pasos y lo capacitamos en la implementación.

¿Qué pasa si la impresora falla?+

Como cualquier equipo, puede necesitar service. Lo incluimos en el esquema de trabajo para que la operación siga.

¿Pueden grabar la logomarca de mi empresa?+

Sí. Además del dominio, el sticker puede incluir chasis, número de serie o su logomarca.

02

Modalidades y precios

¿Venden insumos o hacen el servicio?+

Las dos cosas. Con insumos, su equipo graba en su predio. Con servicio, nuestro equipo graba y usted paga por vehículo.

¿Cuánto cuesta?+

Depende del volumen mensual, la modalidad y la logística. Le enviamos una propuesta por escrito después de conocer su operación.

¿Trabajan con particulares?+

No. GlassTrack® trabaja con terminales, concesionarias, talleres de grabado y flotas.

03

Ley y normativa

¿Es obligatorio el grabado de cristales en Argentina?+

Sí. La Disposición 607/98 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) obliga a grabar el dominio en los cristales de los automotores, en todo el país.

¿Qué norma regula el grabado de cristales?+

La Disposición DNRPA 607/98, incorporada al Digesto de Normas Técnico-Registrales (Título I, Capítulo IX, Sección 3). No es una ley del Congreso sino una disposición del organismo registral nacional.

¿Cuántos cristales hay que grabar?+

Como mínimo seis: parabrisas, luneta y los cristales laterales de mayor tamaño. Si el vehículo tiene menos de seis cristales, se graban todos.

¿Cómo tiene que ser el grabado?+

La norma exige trazo continuo, no punteado ni segmentado, y caracteres de al menos 6 milímetros de altura. El parabrisas se graba en la parte superior derecha, la luneta en la superior izquierda y los laterales en la parte posterior, en el ángulo inferior.

¿Puedo circular sin los cristales grabados?+

La Disposición 607/98 aclara que no grabar los cristales no afecta la libre circulación. Pero las plantas de verificación física no verifican el vehículo si no tiene el grabado, y esa verificación se pide en trámites como la transferencia.

¿La Ley 26.370 regula el grabado de cristales?+

No. La Ley 26.370 regula el control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos. El grabado de cristales está regulado por la Disposición DNRPA 607/98.

¿El grabado de cristales es lo mismo que el grabado de autopartes?+

No. El grabado de cristales es nacional (Disposición DNRPA 607/98). El grabado de autopartes de la carrocería, como capot, baúl y puertas, es un régimen local: Ley 3708 en la Ciudad de Buenos Aires y Ley 14.497 en la Provincia de Buenos Aires.

Vea el sistema funcionando en su predio.

Coordinamos una demostración con sus propias unidades y le enviamos una propuesta según su volumen mensual.

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